Información y asesoramiento sobre procedimientos de Extranjería en España
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miércoles, 2 de marzo de 2016
Requisitos para renovar las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena
Antes de presentar la solicitud de renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es conveniente comprobar si reunimos los requisitos establecidos para poder renovarla, que son los siguientes:
Poder acreditar uno de los siguientes supuestos:
Continuar con la relación laboralque dio origen a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende.
Haber realizado actividad laboraldurante un mínimo deseis mesespor año y:
Haber suscrito unnuevo contratode trabajo y figurar ensituación de alta o asimiladaen el momento de la solicitud, o
Disponer de unnuevo contratoquegarantice la actividad laboraldel trabajador y con inicio de vigencia condicionado a la concesión de la renovación.
Haber realizado la actividaddurante un mínimo detres mesespor año siempre que:
La relación laboralque dio origen a la autorizaciónse interrumpió por causas ajenas al trabajador.
Se ha buscado activamente empleomediante la inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante.
Disponga de uncontrato de trabajo en vigor.
Tener otorgada unaprestación contributiva de desempleo.
Ser beneficiario de unaprestación económica asistencialde carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
Haberseextinguido o suspendido la relación laboralcomo consecuencia de que la trabajadora seavíctima de violencia de género.
Haber estadotrabajando y en alta en la Seguridad Socialdurante unmínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro,siempre que:
La última relación laboral seinterrumpiera por causas ajenas al trabajador.
Se hayabuscado activamente empleo.
El cónyuge o la parejade hecho del trabajador disponga de losrequisitos económicossuficientes para reagrupar al trabajador.
Si la unidad familiar incluyedos miembros, la cuantía mínima que se deberá acreditar es la que represente mensualmente el150% del IPREM. Porcada miembro adicional, se deberá sumar el 50% del IPREM.
LA SOLICITUD DE RENOVACIÓN JUNTO CON LA DOCUMENTACIÓN QUE SE REQUIERA EN CADA CASO CONCRETO SE TIENE QUE PRESENTAR DENTRO DE LOS 60 DÍAS NATURALES PREVIOS A LA CADUCIDAD DE LA TARJETA Y HASTA 90 DÍAS DESPUÉS DE CADUCADA.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: EN CUALQUIER REGISTRO PÚBLICO DIRIGIDO A LA OFICINA DE EXTRANJERÍA CORRESPONDIENTE AL LUGAR DE RESIDENCIA.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–03)por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador.
Copia completa delpasaporte o título de viajeen vigor.
En caso de tener a su cargo menores en edad deescolarizaciónobligatoria,informeemitido por las autoridades competentes, autonómicas o estatales, o del centro educativo.
Se podrá presentar para la valoración por la Oficina de Extranjería,informe de integraciónde la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia, en el que conste la participación en acciones formativas y el conocimiento de las lenguas oficiales.
Documentaciónsegún el supuesto por el que se solicita la renovación:
-Si se continúa con la relación laboralque dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar:
No es preciso presentar ningún otro documento.
-Si se puede acreditar larealización de la actividad durante un mínimo de seis mesespor año y se ha suscrito un nuevo contrato de trabajo y figurar en situación de alta o asimilada en el momento de la solicitud:
No es preciso presentar ningún otro documento.
-Dispone de un nuevo contrato de trabajo que garantice la actividad laboral del trabajador. Documentación a aportar:
Copia del nuevo contrato de trabajo.
-Si se puede acreditar larealización de la actividad durante un mínimo de tres mesespor año.
Documentación a aportar:
Acreditación de que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
Acreditación de que el trabajador ha buscado activamente empleo.
-Si tieneotorgada prestación contributiva.
Documentación a aportar:
Acreditación de la concesión de la prestación contributiva.
Si esbeneficiario de una prestación económica asistencialde carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
Documentación a aportar:
Acreditación de la concesión de la prestación asistencial.
-Si la relación laboralse suspendió o extinguiócomo consecuencia de ser víctima deviolencia de género.
Documentación a aportar:
Acreditación de ser víctima de violencia de género (entre otros, podrá presentar orden de protección o informe del Ministerio Fiscal).
Acreditación de que la relación laboral se suspendió o extinguió como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
-Si se puede acreditar haber estadotrabajando y en alta en la Seguridad Socialdurante un mínimo denueve mesesen un periodo de doce,o de dieciocho mesesen un periodo de veinticuatro.
Documentación a aportar:
Acreditación de que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
Acreditación de que el trabajador ha buscado activamente empleo.
-Si elcónyuge o la pareja de hechodel trabajador dispone de losrequisitos económicossuficientes para reagrupar al trabajador.
Documentación a aportar:
Acreditación de la relación conyugal o de pareja de hecho.
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