Información y asesoramiento sobre procedimientos de Extranjería en España
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martes, 2 de agosto de 2016
Régimen especial de los estudios de especialización en el ámbito sanitario
Régimen especial de los estudios de especialización en el ámbito sanitario
Los
extranjeros que ostenten un titulo español de licenciado o graduado en
medicina, farmacia, enfermería u otros títulos universitarios que
habiliten para participar en las convocatorias anuales de pruebas
selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada,
podrán realizar, si obtienen plaza, las actividades laborales derivadas
de los previsto en el Real Decreto 1146/2006 de 6 de octubre
por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la
formación de especialistas en ciencias de la Salud, sin que sea
necesario que dispongan de la correspondiente autorización de trabajo.
Lo
previsto en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de la
necesidad de comunicación de esta circunstancia a la Oficina de Extranjería competente.
Igual
posibilidad se establece en relación con los extranjeros que ostenten un
título extranjero debidamente reconocido u homologado.
La Oficina
Consular de su lugar de residencia podrá expedir el visado de estudios
tras la verificación de que han sido adjudicatarios de plaza en los
estudios de especialización mencionados.
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