lunes, 26 de febrero de 2018

Solicitud de certificados de residencia, no residencia y de concordancia en Madrid





Una vez restablecida la normalidad, todos los ciudadanos a los que se les haya anulado la cita con motivo de la crisis sanitaria, deberán concertar de nuevo una cita previa.


Solicitud de certificados de residencia, no residencia y de concordancia en Madrid



A través de la Sede Electrónica de Extranjería se puede pedir cita previa para solicitar certificados de residencia, de no residencia y de concordancia en Madrid:





REQUISITOS COMUNES




Solicitud cumplimentada en modelo oficial gratuito EX-15, original y copia, especificando el motivo de la necesidad del certificado.

Justificante de la cita: Se presentará impreso o captura de pantalla del teléfono móvil.

Tasa modelo 790 (código 012) de la Dirección General de la Policía, abonada en cualquier entidad bancaria.

El impreso se debe descargar directamente de Internet desde el siguiente enlace:

https://sede.policia.gob.es:38089/Tasa790_012/ Se debe señalar en la tasa “Certificados o informes emitidos a instancia del interesado” El documento de abono de tasas NO se puede fotocopiar.




REQUISITOS ESPECÍFICOS


CERTIFICADO DE RESIDENCIA:


Se trata de un trámite personal. Debe acudir el interesado. 
Pasaporte en vigor o documento original de identidad de su país de origen (este último solamente para ciudadanos de países de la UE). 


Tarjeta de residencia en España en vigor o si se encuentra caducada copia de la solicitud de la renovación de dicha residencia.




CERTIFICADO DE NO RESIDENCIA


Se trata de un trámite personal. Debe acudir el interesado. 

Pasaporte en vigor o documento original de identidad de su país de origen (este último solamente para ciudadanos de países de la UE). 


Justificante de entrada en España si entró en territorio Schengen por otro país.




Puede obtener más información sobre estos dos certificados accediendo al siguiente enlace: Información Oficinas Extranjería



CERTIFICADO DE CONCORDANCIA:


Para el supuesto de que se haya tenido número de NIE y ahora se disponga de documento nacional de identidad DNI, tras haber adquirido la Nacionalidad española


Si la solicitud se realiza mediante apoderamiento se aportará poder notarial legalizado y traducido si el notario que lo realizó no está en España, y copia legalizada del DNI.








LEA ATENTAMENTE


Sólo se atenderá a una persona por cita solicitada (Obligatorio). 

El documento se entregará al interesado o persona autorizada a partir del quinto día laborable desde su solicitud. 

Se debe aportar original y copia de toda la documentación. 

Toda la documentación deberá presentarse en Castellano.



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jueves, 15 de febrero de 2018

FECHAS ORIENTATIVAS DE GRABACIÓN Y RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTES DE EXTRANJERÍA A FECHA: 15 DE FEBRERO DEL 2018




FECHAS ORIENTATIVAS DE GRABACIÓN Y RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTES DE EXTRANJERÍA A FECHA: 15 DE FEBRERO DEL 2018



SI SU SOLICITUD ES POSTERIOR A ESTAS FECHAS Y NO APARECE GRABADA SU SOLICITUD EN LA PÁGINA WEB, ELLO ES DEBIDO A QUE ESTA PENDIENTE DE GRABAR Y POR LO TANTO NO SE PUEDE FACILITAR INFORMACIÓN NI NÚMERO DE EXPEDIENTE. TAMBIÉN PUEDE VER EL ESTADO DE SU EXPEDIENTE A TRAVÉS DEL TELÉFONO: 902.02.22.22 O EN LA PÁGINA WEB:



RENOVACIONES DE RESIDENCIA Y TRABAJO: GRABADAS/RESUELTAS: 20 DE OCTUBRE


RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN: GRABADAS/RESUELTAS: 20 DE OCTUBRE


RECURSOS DE RÉGIMEN GENERAL: RESUELTOS: 15 DE DICEMBRE


RENOVACIÓN NO LUCRATIVAS Y REAGRUPACIÓN FAMILIAR: GRABADAS: 7 DE DICIEMBRE – RESUELTAS: 7 DE DICIEMBRE


PRÓRROGAS DE ESTANCIA POR ESTUDIOS: GRABADAS: 25 DE SEPT. –RESUELTOS: 15 DE SEPT. – RECURSOS: 5 DE ENERO 2018


REAGRUPACIÓN FAMILIAR INICIAL: RESUELTOS: 5 DE OCTUBRE – RECURSOS: 31 DICIEMBRE


MENORES NO NACIDO: RESUELTOS: 16 DE OCTUBRE RECURSOS: 30 DE NOVIEMBRE


FAMILIAR DE COMUNITARIO INICIAL: RESUELTOS: PRIMERA SEMANA DE NOVIEMBRE


FAMILIAR DE COMUNITARIO: RECURSOS ALZADA RESUELTOS: PRIMERA SEMANA DE DICIEMBRE


ARRAIGOS: RESUELTOS: PRIMERA QUINCENA DE JULIO


ARRAIGOS RECURSOS RESUELTOS: FINALES DEL MES DE AGOSTO


AVISO IMPORTANTE: Si su expediente sigue en trámite o resuelto, puede consultar en el TABLÓN EDICTAL DEL BOE (T.E.U)



El Tablón Edictal de Resoluciones de Extranjería (TEU) es un tablón Edictal a través del Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/2014. En él se publicarán los actos de procedimientos de extranjería que no se hayan podido notificar por carta a los interesados.


Puede acceder a los anuncios que se publiquen en el TEU a través de la página web del BOE: http://www.boe.es/


jueves, 8 de febrero de 2018

Solicitud del Documento de Vecindad en Barcelona





DOCUMENTO DE VECINDAD CIVIL EN BARCELONA


Si eres una persona extranjera, te encuentras en situación administrativa irregular y cumples las condiciones indicadas a continuación, puedes solicitar tu documento de vecindad.



A través del documento de vecindad, el Ayuntamiento de Barcelona acredita la validez de una serie de datos que te permiten demostrar tu grado de integración como vecino o vecina de la ciudad. Podrás aportarlo en procedimientos de expulsión o ingreso en centros de internamiento de extranjeros para que jueces y tribunales lo tengan presente en sus decisiones.



El documento de vecindad acredita tu integración a partir de una entrevista con técnicos de la Dirección de Atención y Acogida a Inmigrantes del Ayuntamiento de Barcelona. Durante la entrevista, podrás presentar todos aquellos documentos y datos que muestren tus vínculos familiares, laborales y sociales en la ciudad. Por ejemplo, el conocimiento de las lenguas catalana y castellana, la realización de cursos, talleres y módulos, la profesión, estudios y vida laboral, la situación económica personal y familiar, la participación social, las situaciones administrativas anteriores o la irregularidad sobrevenida. Estos datos, una vez certificados, se incorporarán en el documento de vecindad, que tiene una validez de un año.


Quién puede solicitarlo


Ten presente que, cuando solicites el documento de vecindad, deberás acreditar:


• estar en situación administrativa irregular;


• tener al menos 18 años;


• haber vivido en el Estado español un mínimo de 12 meses;


• estar empadronado/a en el municipio de Barcelona de forma continua al menos en los seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud.


Cómo puedes solicitar el documento de vecindad

La persona solicitante tendrá que aportar la documentación siguiente:


Instancia específica debidamente rellenada y firmada.


Documento que acredite haber permanecido empadronado en el estado español un mínimo de doce meses, de los cuales los seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud tendrán que constar empadronadas en el municipio de Barcelona. 

El empadronamiento en Barcelona lo comprobará de oficio el Ajuntament de Barcelona. 

Sólo hay que acreditar el periodo en que se ha residido fuera de Barcelona.

Si la tramitación se hace mediante persona autorizada, habrá que aportar, adicionalmente:


Autorización, debidamente firmada por la persona autorizante


Fotocopia del documento de identidad de la persona autorizante.


Documento de identificación original de la persona autorizada.

El trámite se puede realizar de forma presencial o por Internet


Plazo de emisión: máximo 3 meses a contar desde el día siguiente a la fecha de solicitud.


Plazo de validez: 24 meses a contar a partir de la fecha de emisión que conste en el documento.



Más información en la  página del Ayuntamiento de Barcelona



También te puede interesar: Procedimientos para acceder a la residencia legal y  regularizar tu situación en España




Supresión de cita previa para renovaciones y autorizaciones de residencia de larga duración en la Oficina de Extranjería de Madrid



Supresión de cita previa para renovaciones y autorizaciones de residencia de larga duración en la Oficina de Extranjería de Madrid



Aviso de la Oficina de Información de Extranjería de Madrid sita en la C/ Manuel Luna 29 relativo a la supresión de cita previa para ciertos trámites de Extranjería, plazos solicitud información extranjería e información para profesionales:




A partir del día 5 de Febrero, se suprime la cita previa para renovaciones de residencia y trabajo y residencia de Larga Duración que se presentaban en Plaza de Toros, la presentación se puede realizar a través de cualquier registro público o plataforma mercurio.


Se recuerda que para comprobar el estado de los expedientes en la Oficina de Información de Manuel Luna, tiene que haber transcurrido tres meses desde la presentación.



Para los profesionales (abogados, graduados, gestores, tramitadores) aunque hayan pasado más de tres meses, tampoco se facilita información en el acto del estado del expediente, para su comprobación deben de entregar:



Un listado de los expedientes con su número de colegiado y su teléfono de contacto y correo electrónico. Se pedirá además copia del resguardo de la solicitud más la autorización con copia del DNI/pasaporte/NIE de la persona a la que autoriza.



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Forma de solicitar cita previa en las Oficinas de Extranjería para los trámites en los que es necesario acudir personalmente


Formas de presentar solicitudes y escritos en materia de Extranjería