Una vez restablecida la normalidad, todos los ciudadanos a los que se les haya anulado la cita con motivo de la crisis sanitaria, deberán concertar de nuevo una cita previa.
Una vez restablecida la normalidad, todos los ciudadanos a los que se les haya anulado la cita con motivo de la crisis sanitaria, deberán concertar de nuevo una cita previa.
Solicitud de certificados de residencia, no residencia y de concordancia en Madrid
A través de la Sede Electrónica de Extranjería se puede pedir cita previa para solicitar certificados de residencia, de no residencia y de concordancia en Madrid:
REQUISITOS COMUNES
Solicitud cumplimentada en modelo oficial gratuito EX-15, original y copia, especificando el motivo de la necesidad del certificado.
Justificante de la cita: Se presentará impreso o captura de pantalla del teléfono móvil.
Tasa modelo 790 (código 012) de la Dirección General de la Policía, abonada en cualquier entidad bancaria.
El impreso se debe descargar directamente de Internet desde el siguiente enlace:
https://sede.policia.gob.es:38089/Tasa790_012/ Se debe señalar en la tasa “Certificados o informes emitidos a instancia del interesado” El documento de abono de tasas NO se puede fotocopiar.
REQUISITOS ESPECÍFICOS
CERTIFICADO DE RESIDENCIA:
Se trata de un trámite personal. Debe acudir el interesado.
Pasaporte en vigor o documento original de identidad de su país de origen (este último solamente para ciudadanos de países de la UE).
Tarjeta de residencia en España en vigor o si se encuentra caducada copia de la solicitud de la renovación de dicha residencia.
CERTIFICADO DE NO RESIDENCIA:
Se trata de un trámite personal. Debe acudir el interesado.
Pasaporte en vigor o documento original de identidad de su país de origen (este último solamente para ciudadanos de países de la UE).
Justificante de entrada en España si entró en territorio Schengen por otro país.
Puede obtener más información sobre estos dos certificados accediendo al siguiente enlace: Información Oficinas Extranjería
CERTIFICADO DE CONCORDANCIA:
Para el supuesto de que se haya tenido número de NIE y ahora se disponga de documento nacional de identidad DNI, tras haber adquirido la Nacionalidad española
Si la solicitud se realiza mediante apoderamiento se aportará poder notarial legalizado y traducido si el notario que lo realizó no está en España, y copia legalizada del DNI.
LEA ATENTAMENTE
Sólo se atenderá a una persona por cita solicitada (Obligatorio).
El documento se entregará al interesado o persona autorizada a partir del quinto día laborable desde su solicitud.
Se debe aportar original y copia de toda la documentación.
Toda la documentación deberá presentarse en Castellano.