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martes, 1 de octubre de 2013

Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización



Publicada en el BOE la ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, mediante la que será posible acceder a la residencia en España, a los inversores, siempre que acrediten, al menos, una inversión de 2 millones de euros en títulos de deuda pública, o como mínimo un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas o depósitos bancarios. O bien se invierta en bienes inmuebles un mínimo de 500.000 euros libres de cargas, o se cuente con un proyecto empresarial considerado de interés general, en el que se prevea la creación de puestos de trabajo,  o suponga un impacto socioeconómico de relevancia o de innovación científica y/o tecnológica.

 


La inversión tiene que realizarse en un plazo no superior a 60 días anteriores a la solicitud.

 

A través de esta ley también se podrá facilitar la entrada y permanencia en España de los emprendedores, personal altamente cualificado, investigadores y trabajadores afectados por movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa.

 

Las solicitudes se tramitan por la Unidad de Grandes Empresas  y Colectivos estratégicos de la Subdirección General de Inmigración, situada en la Plaza de la Remonta, 12, tercera planta, Código Postal, 28071 Madrid.

 

Las solicitudes de autorizaciones iniciales de residencia y las de renovación se pueden presentar en cualquier registro público, en la Sede de la Unidad de Grandes Empresas, o en el registro de la Secretaría General de Inmigración y Emigración de la calle José  Abascal, de Madrid. 

 

Se pueden presentar también a través de Internet con certificado digital.

 


Podéis encontrar más información en los siguientes enlaces:

 


Autorización de residencia para emprendedores e inversores en España: Requisitos y procedimiento a seguir




 

 

Autorizaciones:

 

Modelo de solicitud del titular y, en su caso, de los familiares.

 

Presentación de solicitudes:

  •  
  • Las solicitudes de autorizaciones reguladas por la Ley 14/2013 debe realizarse por medios electrónicos, a través de la sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Acceso a la presentación electrónica

 

Buzón de consultas:

 

Documentación

 

Apoyo al solicitante:

 

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