A partir del 1 de Octubre de 2015 y por espacio de tres años, prorrogable un año más, los ciudadanos sefardíes originarios de España podrán solicitar la nacionalidad española, sin necesidad de residir en España, con el único requisito de acreditar su condición de sefardí y su vinculación con España.
El procedimiento está previsto que se pueda realizar de forma electrónica.
Nota de prensa
Información y asesoramiento sobre procedimientos de Extranjería en España
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viernes, 12 de junio de 2015
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