El Gobierno aprueba un nuevo Reglamento de Extranjería para mejorar la integración de las personas migrantes a través de tres palancas: trabajo, formación y familia
El Reglamento se adapta a la situación actual del fenómeno
migratorio y a la legislación europea, además de tener en cuenta las
demandas de nuestro mercado laboral, las necesidades de los
migrantes y los retos demográficos de nuestro país
Se reducen plazos y trámites, se eliminan duplicidades, se refuerzan
los derechos de los trabajadores migrantes y se dan garantías a las
empresas
Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año con
renovaciones de cuatro.
También se amplía el visado de búsqueda
de empleo, que será por un año, en lugar de tres meses
Se establecen cinco figuras de arraigo, creándose la de arraigo de
segunda oportunidad, que permite la regularización de las personas
que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos
años y no se hubiera renovado
Se modifica la estancia por estudios, permitiendo trabajar hasta 30
horas semanales, y se mejora la reagrupación familiar
.....
Principales novedades:
Visados:
El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el
esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general.
Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de
cuatro.
De esta forma, se evitan situaciones de irregular sobrevenida, algo que
también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los
trámites para el cambio de una situación de residencia a otra.
También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo,
que antes era una autorización de 3 meses.
Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que
los 12 meses “van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a
su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los
profesionales que necesitan”.
Cinco figuras de arraigos: el social, sociolaboral, familiar,
socioformativo y de segunda oportunidad, . Esta nueva modalidad va dirigida
a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos
dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.
Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en
España de 3 a 2 años.
Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y
se habilita a trabajar tanto por cuenta ajean como propia desde el primer
momento.
Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5.
...
En este sentido, la mayor parte de las autorizaciones reguladas en este
reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que
solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena.
Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán
trabajar hasta 30 horas a la semana. De esta forma, se fomenta la inclusión
del migrante y su integración en la sociedad.
En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización
específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel
individual como colectivo.
Además, se mejora la protección de los derechos de
los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un
idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás
gastos.
También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad
del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la
Seguridad Social aquí.
A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio
de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el
desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la
cosecha etc.).
Por otra parte, el texto promueve que los empresarios dispongan de más
información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan
adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la
gestión colectiva de contrataciones. Ampliar los permisos de residencia
(con la fórmula 1+4) da mayor estabilidad y más garantías a las empresas.
Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una
autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su
formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una
autorización de trabajo una vez acabada su formación.
Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas
semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.
...
Con el objetivo común de la inclusión, se ha mejorado la reagrupación
familiar.
Se ha creado una autorización de residencia para familiares de
ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los
26 años (antes 21), y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían
fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente
que pueda acreditar una relación afectiva análoga.
La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son
personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y
pueden traerse a su familia.
También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y
progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.
Mediante este real decreto se incorporan al derecho español:
- a) Parcialmente, la Directiva (UE) 2014/36 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre las condiciones de entrada y estancia de nacionales de terceros países para fines de empleo como trabajadores temporeros.
- b) Parcialmente, la Directiva (UE) 2021/1883 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 2021 relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países con fines de empleo de alta cualificación, y por el que se deroga la Directiva 2009/50/CE del Consejo.
- c) La Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.
- d) Parcialmente, la Directiva (UE) 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de mayo de 2016 relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair.
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