Translate

Buscar en este blog


Condiciones del Seguro médico para entrar en España


Condiciones del seguro médico necesario para entrar en España:


La legislación comunitaria establece las condiciones que debe contemplar el seguro médico solicitado a los demandantes de visado Schengen mediante el siguiente texto: 





Artículo 15. Seguro médico de viaje 


1. Los solicitantes de un visado uniforme para una o dos entradas deberán demostrar que poseen un seguro médico de viaje adecuado y válido que cubra aquellos gastos que pudieran ocasionar su repatriación por motivos médicos o por defunción, la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia durante su estancia o estancias en el territorio de los Estados miembros. 


2. Los solicitantes de un visado uniforme para más de dos entradas ("entradas múltiples") deberán demostrar que poseen un seguro de viaje adecuado y válido que cubra el período de la primera visita prevista. 


Además, estos solicitantes firmarán la declaración, que figura en el impreso de solicitud, que indica que son conscientes de la necesidad de estar en posesión del seguro médico de viaje para estancias posteriores. 


3. El seguro deberá ser válido en el territorio de los Estados miembros y cubrir todo el período de estancia o tránsito que la persona haya previsto. La cobertura mínima será de 30000 EUR. 


Cuando se expida un visado de validez territorial limitada que abarque el territorio de varios Estados miembros, la cobertura del seguro tendrá validez como mínimo en los Estados miembros en cuestión. 


4. En principio, los solicitantes contratarán el seguro en su país de residencia.
 Cuando ello no sea posible procurarán contratarlo en cualquier otro país. 


Cuando una tercera persona contrate un seguro en nombre del solicitante, se aplicarán las condiciones establecidas en el apartado 3. 


5. Al valorar la adecuación de un seguro, los consulados verificarán si el pago de las indemnizaciones debidas por la compañía de seguros puede obtenerse en un Estado miembro. 


6. Se considerará que se cumple el requisito del seguro cuando se compruebe que la situación profesional del solicitante le permite asumir un nivel adecuado de seguro. La exención de demostrar documentalmente que se posee el seguro médico de viaje podrá aplicarse a grupos profesionales concretos, como los marinos, que ya estén cubiertos por un seguro médico de viaje por razón de sus actividades profesionales. 


7. Los titulares de pasaportes diplomáticos estarán exentos del requisito de poseer un seguro médico de viaje



También te puede interesar:



Requisitos para entrar en España por turismo o visita familiar


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entrada destacada

Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos nacionales de conducir

Aplicación provisional del Acuerdo en forma de Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda d...

Entradas populares