Condiciones del seguro médico necesario para entrar en España:
La
legislación comunitaria establece las condiciones que debe contemplar
el seguro médico solicitado a los demandantes de visado Schengen
mediante el siguiente texto:
Artículo 15.
Seguro médico de viaje
1. Los solicitantes de un visado uniforme para una o dos
entradas deberán demostrar que poseen un seguro médico de viaje adecuado y
válido que cubra aquellos gastos que pudieran ocasionar su repatriación
por motivos médicos o por defunción, la asistencia médica de urgencia o
la atención hospitalaria de urgencia durante su estancia o estancias en el
territorio de los Estados miembros.
2. Los
solicitantes de un visado uniforme para más de dos entradas ("entradas múltiples")
deberán demostrar que poseen un seguro de viaje adecuado y válido que cubra el
período de la primera visita prevista.
Además,
estos solicitantes firmarán la declaración, que figura en el impreso de solicitud,
que indica que son conscientes de la necesidad de estar en posesión del seguro
médico de viaje para estancias posteriores.
3. El seguro
deberá ser válido en el territorio de los Estados miembros y cubrir todo el
período de estancia o tránsito que la persona haya previsto. La cobertura
mínima será de 30000 EUR.
Cuando se
expida un visado de validez territorial limitada que abarque el territorio
de varios Estados miembros, la cobertura del seguro tendrá validez como mínimo
en los Estados miembros en cuestión.
4. En
principio, los solicitantes contratarán el seguro en su país de residencia.
Cuando ello
no sea posible procurarán contratarlo en cualquier otro país.
Cuando una
tercera persona contrate un seguro en nombre del solicitante, se aplicarán
las condiciones establecidas en el apartado 3.
5. Al
valorar la adecuación de un seguro, los consulados verificarán si el pago de las
indemnizaciones debidas por la compañía de seguros puede obtenerse en un Estado
miembro.
6. Se
considerará que se cumple el requisito del seguro cuando se compruebe que la
situación profesional del solicitante le permite asumir un nivel adecuado de seguro.
La exención de demostrar documentalmente que se posee el seguro médico de viaje
podrá aplicarse a grupos profesionales concretos, como los marinos,
que ya estén cubiertos por un seguro médico de viaje por razón de sus
actividades profesionales.
7. Los
titulares de pasaportes diplomáticos estarán exentos del requisito de poseer un
seguro médico de viaje
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