Translate

Buscar en este blog


miércoles, 11 de julio de 2018

Tarjeta de vecindad Civil en Madrid





La Tarjeta de Vecindad es un documento que visibiliza la condición de vecina y vecino de la Ciudad de Madrid.

Por qué una Tarjeta de Vecindad

Porque permite a quien la porte mostrar de manera inmediata y fehaciente que ha cumplido con la obligación, que tiene toda persona que reside habitualmente en Madrid, de estar empadronada. Siendo ésta una cuestión de especial importancia para las personas extranjeras que se encuentran en una situación administrativa irregular, ya que el padrón facilita el primer estatuto de legalidad local que es la vecindad.

¿Para qué sirve?

Para garantizar, como al resto de la ciudadanía, el acceso a los servicios públicos municipales: servicios sociales, salud, cultura y deportes, Agencia Municipal para el Empleo.

Favorecer los procesos de regularización de las personas en situación irregular que viven en la ciudad.

Para facilitar en definitiva los procesos de integración personal y la cohesión social de la ciudad.

¿Para qué no sirve?

No sustituye al permiso de residencia ni al permiso de trabajo.

No reconoce situaciones ni sustituye a documentación que corresponda al Ministerio del Interior.

No es un documento identificativo de la persona, sino de su condición de vecina o vecino de la ciudad de Madrid.

No da derechos preferentes. El acceso a los servicios se hará en las mismas condiciones que el resto de vecinos y vecinas de Madrid.

No da acceso a ningún servicio distinto de los que presta el Ayuntamiento.

¿A quién va dirigido?


Podrán ser titulares de la Tarjeta de Vecindad, durante el proyecto piloto, todas aquellas personas extranjeras mayores de 18 años, con documento identificativo en vigor que al no poder acreditar documentalmente su residencia habitual en la ciudad de Madrid estén empadronadas en establecimientos colectivos del Distrito Centro (en los centros de servicios sociales, centros de recursos especializados municipales, entidades avaladas por el distrito o por la red especializada).

Importe: Gratuito


Requisitos:


Podrán ser titulares de la tarjeta de vecindad en el proyecto Piloto del Distrito Centro toda persona extranjera que reúna los siguientes requisitos:

Tener documento identificativo en vigor (DNI, NIE, Pasaporte,etc.)

Ser mayor de 18 años.

Estar empadronada en los establecimientos colectivos reconocidos del distrito Centro.


Más información en la página  web del Ayuntamiento de Madrid




Formas de adquisición de la residencia en España si te encuentras en situación irregular:



Residencia por circunstancias excepcionales




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entrada destacada

Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos nacionales de conducir

Aplicación provisional del Acuerdo en forma de Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda d...

Entradas populares