Si has obtenido en España algún tipo de autorización para residir o trabajar, por estudios, etc., y tus circunstancias han cambiado, o bien ha finalizado la duración de tu autorización, y no es posible prorrogarla, puede que tengas que solicitar la modificación de tu autorización inicial.
Las modificaciones más habituales son:
De residencia a residencia y trabajo, de régimen comunitario a régimen general, de residencia por circunstancias excepcionales a residencia, residencia y trabajo, de cuenta ajena a cuenta propia, o cuenta propia a cuenta ajena, o bien para compatibilizar cuenta propia y cuenta ajena o modificar el tipo de ocupación.
También es posible modificar la autorización de estancia por estudios a la situación de residencia y/o trabajo, sólo residencia, trabajadores altamente cualificados, etc., siempre que se cumplan los requisitos de la nueva autorización solicitada.
Podéis ver todas las distintas modificaciones de los permisos de residencia y/o trabajo, el procedimiento a seguir y los requisitos y documentación a aportar para realizar la modificación de la autorización en las siguientes páginas:
Modificación de la situación de residencia a residencia y trabajo.
De residencia a trabajo por cuenta ajena.
De residencia a trabajo por cuenta propia.
De residencia a residencia con excepción a la autorización de trabajo.
De residencia a residencia y trabajo para la investigación.
De residencia a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
En el caso de que tengas una autorización de residencia por ser familiar de un ciudadano de la Unión, si desaparece esa condición de ser familiar de comunitario, es necesario solicitar la modificación de la autorización de residencia al régimen general, a no ser que se haya adquirido el derecho a la residencia permanente.
Casos en los que es necesario solicitar la modificación del régimen comunitario al régimen general de Extranjería cuando se cesa en la condición de ser familiar de comunitario:
Ascendientes y descendientes del ex cónyuge o la ex pareja del ciudadano de la Unión.
Ex cónyuges o ex parejas que no pueden mantener a título personal el derecho de residencia en el régimen de ciudadano de la Unión, por no poder acreditar:
Que el matrimonio o la situación de pareja registrada ha durado al menos tres años, hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad, del divorcio o cancelación de la inscripción, de los cuales, al menos uno ha transcurrido en España.
Tener otorgada la custodia de los hijos del ciudadano de la Unión.
Haber sido víctima de violencia doméstica.
Haber sido sometido a trata de seres humanos por su cónyuge o pareja.
Acreditar la existencia de resolución judicial o mutuo acuerdo sobre el derecho de visita al hijo menor que reside en España.
Modificación de régimen comunitario a régimen general. Supuestos nulidad, divorcio o cancelación y supuestos de cese como ciudadano de la Unión Europea o cese como titular de una tarjeta de residencia de familiar de comunitario.
Modificación de régimen comunitario a residencia no lucrativa (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta ajena (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta propia (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
Modificación de régimen comunitario a residencia con exceptuación de la autorización de trabajo (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo para investigación (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
Si has accedido a la residencia en España por circuntancias excepcionales, arraigo social , arraigo laboral, arraigo familiar, razones humanitarias, etc, una vez transcurrido un año de residencia en España es posible modificar esa autorización.
Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales.
Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia no lucrativa.
Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (habilitado para trabajar).
Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (no habilitado para trabajar).
Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia.
Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia con exceptuación a la autorización de trabajo.
Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo para investigación.
Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
Compatibilidad de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena / residencia y trabajo por cuenta propia.
Modificación del ámbito territorial y la ocupación de la autorización de residencia y trabajo inicial por cuenta ajena.
Modificación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia a residencia, residencia con excepción, residencia y trabajo como investigación o profesional altamente cualificado.
Si te encuentra en España en situación de estancia por estudios, puedes acceder a la situación de residencia y trabajo siempres que cumplas unos determinados requisitos:
- Haber permanecido en España durante al menos tres años como titular de una autorización de estancia.
-Haber superado los estudios o haber concluido el trabajo de investigación, la formación o las prácticas con aprovechamiento.
-No haber sido becado o subvencionado por organismos públicos o privados dentro de programas de cooperación o de desarollo españoles o del país de origen
Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas.
Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo por cuenta ajena.
Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo por cuenta propia.
Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia con excepción de la autorización de trabajo.
Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo para investigación.
Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados
Para comprobar si puede solicita cita previa por Internet y descargar los modelos de solicitudes puede acceder al apartado
Citas Extranjería
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